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El País #CasoLucioDupuy

???Esta es una pena de por vida, no tienen posibilidad de salir en libertad???, dijo la fiscal tras la condena

"El artículo 14 del Código Penal establece que no pueden pedir la condicional bajo ningún término. Transcurridos los 50 años, tampoco", aseguró.

Decenas de personas se congregaron fuera del palacio judicial para darle su apoyo a los familiares de Lucio. Los abrazaron a su salida y les dieron sus mensajes de fuerza. “¡Lucio, presente! ¡Ahora y siempre!”, fue el cántico que se repitió con efusividad.

 

Viviana, una de las manifestantes, conoce a Ramón Dupuy desde la infancia. Vive en Buenos Aires y viajó hasta Santa Rosa para reclamar por la aprobación de la Ley Lucio, cuyo proyecto establece sanciones para funcionarios que desatiendan casos de niños en riesgo: “Esta manifestación no es solamente para pedir justicia por este caso, es por todos los niños. Hay que protegerlos, cómo la familia de Lucio ya lo está haciendo con la asociación”, dijo a Infobae.

 

La reacción de la fiscal tras las condenas

 

“Es una pena de por vida, no tienen posibilidad de salir en libertad porque el artículo 14 del Código Penal establece que no pueden pedir la libertad condicional bajo ningún término. Transcurridos los 50 años, tampoco”, aseguró a Infobae Verónica Ferraro, que logró la condena junto al doctor Máximo Paulucci. “Hay delitos que son muy graves, como el que cometieron las imputadas, por el cual no se otorga la libertad condicional”, siguió.

 

Tal como en el caso de los rugbiers que asesinaron a Fernando Báez Sosa, la condena se basa en el artículo 80 del Código Penal, que desde 2017 niega el pedido de salida anticipada. La única chance de las asesinas de Lucio es que sus defensas logren que este artículo sea declarado inconstitucional en instancias superiores. La Suprema Corte bonaerense, por ejemplo, rechazó planteos similares en varias ocasiones.

 

Con respecto al tiempo de la pena, la sentencia de hoy establece que “en conclusión, la reclusión por tiempo indeterminado”, una figura que había pedido el abogado Aguerrido “para los casos de multirreincidencia ha sido declarada inconstitucional en el precedente Gramajo; mientras que su aplicación a los supuestos del artículo 80 del C.P., ha quedado virtualmente derogada por la actual redacción de artículo 14 del Código Penal”.

 

La pena de prisión perpetua, más aún con la fisonomía que actualmente adquirió en el tramo de ejecución, es lo suficientemente representativa del gravísimo injusto cometido por las acusadas, debiendo imponerse la misma”, siguieron los magistrados.

Asesinato
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