
Los propietarios de una inmobiliaria de esta Capital que están acusados de una defraudación —por 15.000 dólares— en perjuicio de una pareja que alquilaba un inmueble, al que los inculpados le ofrecieron en venta sin que los dueños hayan decidido venderlo, serán sometidos a un juicio ya que la Cámara de Apelaciones y de Control en lo Penal confirmó la resolución que había dictado la Dra. María Pía Danielsen, jueza de Control y Garantías, elevando la causa a juicio oral y público, y rechazando el sobreseimiento, la falta de mérito y el cambio de calificativa que había planteado la defensa.
Se trata de Alberto René Nassif y María Graciela Gay, a quienes el Dr. Martín Silva —representante del Ministerio Público Fiscal— acusó por los delitos de defraudación por retención indebida y administración fraudulenta en perjuicio de Exequiel Rodríguez y familiares (la hermana y la madre).
La defensa de los inculpados, ejercida por el abogado Benjamín Chazarreta, apeló la resolución de la jueza, argumentando que había un reconocimiento de deuda firmado por su asistido y el afectado, negando que haya existido una actitud dolosa en el obrar de quienes representa.
La fiscalía y el querellante Marcelo Castillo Gioya —que representa a los damnificados— solicitaron que se rechacen los planteos de la defensa y se confirme la elevación de la causa a juicio oral. Ambos entendieron que el dolo estaba en ofrecer un bien, recibir el dinero y no devolverlo nunca.
El tribunal consideró que no corresponde el sobreseimiento en razón de las manifestaciones de la propia defensa, a través de las cuales se deduce que hay un hecho consumado que intenta ser solucionado a través de otros medios, y añade que el dolo está plasmado, a la vez de entender que hay antijuridicidad en ofrecer un bien que no estaba a la venta, por lo que rechazó todos los planteos del abogado defensor y confirmó la elevación del caso a juicio.