Un individuo oriundo de Loreto que fue juzgado por estar acusado de haber abusado sexualmente —mediante manoseos en partes íntimas— y de haber sometido a ultrajes sexuales a una menor, que es prima hermana, fue condenado ayer a cumplir la pena de 3 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo.
Tal veredicto se dictó por mayoría de votos en cuanto al monto de la pena, ya que mientras los Dres. Fernando Viaña y Luis Ariel Domínguez votaron por la pena aplicada, el Dr. Juan Carlos Storniolo consideró que el inculpado —identificado como Daniel Leguizamón— debía ser condenado a la pena de 2 años y 5 meses y 15 días, que era el tiempo que llevaba cumplido de prisión preventiva, aunque los tres lo consideraron responsable de los delitos de abuso sexual simple y abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de la prima.
Uno de los hechos el sujeto lo cometió siendo menor, en tanto que en el otro ya era mayor.
En su momento el inculpado fue declarado penalmente responsable de los hechos. Posteriormente la cesura de juicio, para analizar la conveniencia —o no— de aplicarle una condena.
Planteos de las partes
Durante los alegatos de las partes la Dra. Pilar Palavecino solicitó que se aplique al inculpado la pena de 7 años de prisión.
Por su parte, la defensa oficial que asistió a Leguizamón —ejercida por los Dres. Carolina Neder y Manuel Santillán— había solicitado que no se imponga pena al sujeto.
Sin embargo, el tribunal rechazó este último planteo y consideró necesario aplicar una pena.
El caso salió a la luz tras haber surgido un problema entre el padre de la víctima y la madre del acusado (hermanos), que se disputaban la venta de rosquetes en Loreto.