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El proyecto de ley de devolución del IVA ingresó ayer a la Cámara de Diputados

Están alcanzadas las compras con Tarjeta Alimentar o del Potenciar Trabajo.

El proyecto de ley que establece la devolución del IVA para los productos de la canasta básica para sectores con menores ingresos impulsado por el ministro de Economía, Sergio Massa, ingresó ayer a la Cámara de Diputados y se prevé que comience a ser debatido en comisión la próxima semana, tal como había anunciado el ministro en el marco del lanzamiento de un plan de alivio fiscal que beneficiará a 700.000 trabajadores autónomos, más de 1 millón de monotributistas y 300.000 Pymes.

El proyecto de 9 artículos ingresó ayer poco antes de las 14 a la Cámara baja, y fuentes del oficialismo dijeron que se prevé acelerar su debate con una primera reunión informativa de la comisión de Presupuesto y Hacienda que se realizaría entre el miércoles y el jueves de la semana entrante.

El envío de la iniciativa había sido anunciado en la tarde de ayer por el ministro Massa, en medio de un paquete de medidas de alivio fiscal.

La iniciativa busca darle continuidad a través del respaldo legislativo a las medidas económicas anunciadas la semana pasada por el ministro y candidato presidencial que se comenzaron a implementar formalmente el lunes con la devolución del IVA para los sectores de menores ingresos.

El texto aclara que lo dispuesto comenzará a regir desde el 1 de enero de 2024, y también que se faculta a la autoridad de aplicación a ampliar los beneficiarios alcanzados por la legislación.

El artículo 1 estableció que los beneficiarios del reintegro del IVA serán quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas, en un monto mensual que no exceda la suma de seis haberes mínimos garantizados, los beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social y las de embarazo para protección social.

Asimismo, serán alcanzados por este beneficio trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública, siempre que el ingreso mensual no supere la suma equivalente a seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil, los comprendidos dentro del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y aportantes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que se encuentren encuadradas y encuadrados en la Ley 24.977.

El proyecto aclara también que “están alcanzadas por el beneficio de este programa las compras de bienes indicadas en el presente artículo en el marco de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas a beneficiarias y beneficiarios del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local – Potenciar Trabajo.

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