La sorpresa fue total en una oficina de registros del Reino Unido cuando una pareja llegó con su bebé en brazos, la documentación preparada y una elección que dejó sin palabras a la funcionaria encargada: querían llamar oficialmente “Lucifer” a su hijo.
La empleada intentó persuadirlos. Les explicó los posibles problemas que el nombre podría ocasionar en el futuro: burlas, discriminación, comentarios hostiles. Por más que insistió, la pareja no cambió de parecer. Y había un punto determinante: no existía ninguna ley que permitiera rechazarlo.
En ese país, mientras un nombre no sea ofensivo desde el punto de vista legal, el Estado no tiene herramientas para impedir su uso. Y “Lucifer”, pese a su fuerte carga simbólica y a lo inusual de la elección, no figura entre los términos prohibidos. Así, aunque la funcionaria manifestara su desacuerdo, estuvo obligada a completar el trámite. El acta fue emitida, sellada y el bebé quedó registrado oficialmente con ese nombre.
La decisión generó un inmediato debate público. Algunos defendieron a los padres bajo el argumento de la libertad individual: “Su hijo, su decisión”. Otros cuestionaron la elección, señalando que podría afectarlo en su desarrollo social. El caso dividió opiniones entre quienes lo consideraron un gesto de rebeldía y quienes lo vieron como un acto de irresponsabilidad.
Más allá de las posturas, la normativa británica fue determinante: sin prohibición expresa, el nombre es válido. La pareja logró registrar a su hijo tal como deseaba, reavivando la discusión sobre los límites —o la ausencia de ellos— en la elección de nombres.