Un caso que generó fuerte debate se conoció en las últimas horas, luego de que un hombre decidiera otorgarles su apellido a los cinco hijos de su entonces pareja, asumiendo plenamente el rol paterno tanto en lo afectivo como en lo legal.
Tiempo después, la relación terminó y la mujer retomó el vínculo con el padre biológico de los menores. Sin embargo, la situación judicial del hombre no cambió: al haber reconocido formalmente a los chicos como propios, quedó establecido ante la ley como su padre.
De acuerdo con especialistas en derecho de familia, el reconocimiento voluntario de filiación genera derechos y obligaciones idénticos a los de un padre biológico. Entre ellos, la responsabilidad de garantizar alimentos, educación, salud y bienestar integral de los hijos.
En consecuencia, aunque ya no mantenga una relación con la madre y pese a que el progenitor biológico haya retomado el vínculo, el hombre deberá continuar abonando la cuota alimentaria, salvo que exista una resolución judicial que modifique su situación filial.
El caso abrió un intenso debate en redes sociales sobre los alcances legales del reconocimiento de hijos y las responsabilidades que conlleva asumir la paternidad desde el punto de vista jurídico.