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El País Salta

Una madre deberá pagar cuota alimentaria a favor de su hijo que vive con el padre

La resolución destacó que cada caso debe analizarse de manera particular, priorizando el interés superior del menor.

En un fallo que reaviva el debate sobre las responsabilidades parentales compartidas, la Cámara de Apelaciones ratificó la obligación de una mujer de aportar económicamente para la manutención de su hijo de 16 años, quien reside habitualmente con su padre.

Según se desprende de la resolución judicial, el hombre es quien afronta el cuidado cotidiano del adolescente, incluyendo la alimentación, la educación, la atención médica y los gastos derivados de su crianza. En ese contexto, los magistrados consideraron que la madre también debía cumplir con su deber alimentario.

El tribunal estableció que la mujer deberá abonar una cuota equivalente al 30% de su salario, al entender que ambos progenitores tienen la responsabilidad legal de contribuir al bienestar y desarrollo de sus hijos.

En los fundamentos del fallo, los jueces señalaron que la perspectiva de género no implica otorgar beneficios automáticos a una de las partes, sino analizar cada caso concreto para evitar situaciones de desigualdad o discriminación.

Asimismo, aclararon que colaboraciones esporádicas, como la compra de ropa, útiles escolares u otros elementos, no sustituyen el cumplimiento regular de la cuota alimentaria fijada judicialmente.

La decisión fue interpretada como un recordatorio de que las obligaciones derivadas de la crianza son compartidas y que el deber de asistencia económica hacia los hijos alcanza por igual a madres y padres, priorizando siempre el interés superior del menor.

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