Un hecho inédito en materia judicial se produjo en la provincia de San Luis, donde el Juzgado de Familia N.º 2 dispuso que un recién nacido fuera entregado directamente a la familia adoptiva al momento de su nacimiento. La decisión tuvo como objetivo impedir la institucionalización del niño y garantizarle desde el inicio un entorno familiar estable.
La medida fue adoptada por el juez Hugo Orozco, tras la manifestación expresa de la mujer gestante, quien atraviesa una situación de vulnerabilidad y comunicó su voluntad de no asumir la maternidad, solicitando que el bebé pudiera integrarse a un hogar definitivo.
El proceso judicial se inició meses antes del parto y contempló instancias de acompañamiento psicológico y controles médicos, con el propósito de asegurar que la decisión fuera tomada de manera libre, informada y sin presiones externas.
Al momento del nacimiento, funcionarios judiciales se hicieron presentes en el hospital para formalizar la guarda con fines adoptivos a favor de una pareja previamente inscripta en el Registro Único de Adoptantes. Posteriormente, se realizó un seguimiento semanal del caso y, tras la ratificación de la madre biológica a los 45 días, se otorgó la adopción plena.
La resolución marca un antecedente relevante en el país y reaviva el debate sobre la necesidad de actualizar y agilizar los procesos de adopción en Argentina, poniendo en el centro el interés superior del niño y una perspectiva de género que contemple la autonomía de las mujeres en decisiones vinculadas a la maternidad.