El Tribunal Oral Criminal Federal de Corrientes condenó hoy a 10 años de prisión a un teniente primero del Ejército por abuso sexual con acceso carnal de una subordinada, hecho que fue perpetrado en julio de 2023 mientras la víctima dormía en su habitación del Batallón Monte 12 de Goya.
En el debate, que se desarrolló entre ayer y hoy, la fiscalía acusó al teniente primero del Ejército Pedro Roberto Trogliero por haber ingresado a la habitación de la víctima, la subteniente A.N.T., ubicada en el Casino de Oficiales de aquella unidad militar, y de haberla atacado y accedido carnalmente mientras ella se encontraba durmiendo, durante la madrugada del 16 de julio de 2023.
Schaefer y Pourcel destacaron en su alegato que las pruebas acumuladas durante el proceso constituyeron un cuadro suficiente tanto del hecho denunciado como de la responsabilidad de Trogliero.
En ese sentido, detallaron que la denuncia fue realizada por la propia víctima, quien luego fue entrevistada en dos oportunidades, donde brindó detalles precisos de las circunstancias de tiempo, modo y lugar del hecho. Agregaron que el examen psicológico forense practicado a A.N.T. da cuenta de la existencia de síntomas de haber vivenciado una experiencia traumática de contenido sexual.
Pourcel marcó en su exposición que este tipo de delitos sexuales ocurridos en ámbitos privados y en soledad requieren “un análisis en el cual la prueba indirecta resulta dirimente”.
También se destacó el acta de la denuncia radicada por A.N.T., en la que la víctima detalló el hecho. El documento narra que esa madrugada la mujer despertó desnuda en su habitación del Casino de Oficiales y con un hombre encima de ella que la abusaba sexualmente. Añade que la subteniente, al no saber cómo reaccionar, se quedó inmóvil hasta que preguntó quién era, cuando Trogliero se identificó como tal y también lo reconoció por su voz. El acta con la declaración indica que, después de que lo echase del dormitorio, Trogliero le envió un mensaje invitándola a su habitación. A.N.T. agrega en esa pieza procesal que varios suboficiales le habían advertido que tuviera cuidado con él, ya que antes había tenido problemas con otra camarada, y que había pasado un fin de semana detenido por tocar mujeres en un boliche.
En su alegato, la fiscalía enfatizó que Trogliero no solo lesionó los derechos de su víctima, sino que además puso en juego “a las instituciones del propio Estado Nacional, el cual es el encargado de velar por el respeto de los derechos humanos de las mujeres en función de todos los compromisos internacionales”.
Para los representantes del Ministerio Público Fiscal, la conducta del teniente primero implicó para la víctima un sometimiento y también una humillación, dado que existía una clara relación asimétrica entre ella y su agresor.
Por último, Schaefer y Pourcel solicitaron que los hechos denunciados por la víctima sean considerados como constitutivos de actos discriminatorios en contra de la mujer cometidos en un contexto de violencia de género, de acuerdo a lo establecido por la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra Mujer - Belem do Pará.