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Estos son los documentos que deben llevar los autos argentinos que circulen por el Mercosur

AFIP estableció la documentación que requieren los vehículos de turistas, particulares y de alquiler para circular por un país del Mercosur diferente al de la patente del auto.

La AFIP establece la documentación necesaria para circular en países del Mercosur y requisitos para vehículos registrados en Argentina

 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha establecido a través de la Resolución General 5366/2023, publicada en el Boletín Oficial, la documentación que los vehículos de turistas, particulares y de alquiler deben llevar consigo para circular por países del Mercosur diferentes al de la patente del automóvil.

 

Según la normativa, los conductores que deseen circular por el Mercosur necesitan tener consigo la siguiente documentación:

 

 

Documento de Identidad válido para circular en el Mercosur.

Licencia de conducir.

Documento que acredite su condición de turista emitido por la autoridad migratoria.

Autorización para conducir el vehículo en los casos exigidos por la normativa.

Título u otro documento oficial que demuestre la propiedad del vehículo.

Comprobante de seguro vigente.

En el caso de los vehículos de alquiler, la documentación mencionada en los puntos d), e) y f) será reemplazada por la Autorización para Circulación en el Mercosur (ACM), la cual será otorgada por la empresa arrendataria.

 

La resolución adopta una medida del Grupo Mercado Común que permite la libre circulación de los vehículos comunitarios del Mercosur cuando son utilizados en viajes de turismo. Además, los documentos podrán ser presentados en formato impreso o digital, siempre que haya un medio de verificación electrónico disponible y que se haya acordado bilateral o multilateralmente entre los Estados.

 

La normativa establece también que la circulación de vehículos comunitarios de un Estado a otro no estará sujeta a formalidades aduaneras, aunque las autoridades aduaneras podrán realizar controles selectivos para verificar el cumplimiento de las condiciones y requisitos exigidos.

 

En caso de accidente, robo u otras situaciones que impidan el retorno del vehículo al Estado Parte de origen durante el plazo de permanencia otorgado, el responsable deberá informar a la autoridad aduanera del lugar donde ocurrió el incidente, presentando la documentación probatoria correspondiente.

 

La norma excluye ciertos casos de aplicación, como cuando el conductor no pueda acreditar su condición de turista según la legislación migratoria del país de ingreso, cuando el vehículo esté registrado o matriculado en un tercer país, cuando se utilice para el servicio de traslado de personas o en actividades comerciales, y cuando los turistas no sean residentes habituales de alguno de los Estados Parte.

 

Por último, la AFIP aclara que los automóviles registrados en Argentina deberán tener grabado el número de dominio en el parabrisas delantero, la luneta trasera y en los cristales laterales de mayor tamaño en el caso de vehículos con seis cristales o más. Si la cantidad de cristales es menor, la grabación deberá realizarse en todos ellos.

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