Daniel Escobar Correa y Dalmacio Mera, defensores del Pueblo de Santiago del Estero y Catamarca –respectivamente–, brindaron ayer una conferencia de prensa en la que se refirieron a la restitución de pensiones por discapacidad, en las instalaciones del organismo local.
"Tenemos problemáticas en común –aseguró Escobar Correa–: hemos llevado acciones en conjunto en todas las defensorías del país en materia de discapacidad, las cuales se han nucleado en Catamarca. Decidimos reunirnos para ir acortando los pasos que nos obliga la Justicia para lograr el restablecimiento total de las pensiones suspendidas oportunamente por el Gobierno nacional".
De acuerdo con el defensor santiagueño, el diálogo es "constante" entre ambos organismos.
En rigor, la Defensoría del Pueblo de Catamarca fue creada hace cuatro meses.
"Venimos a recoger la experiencia de los hermanos santiagueños –admitió Mera–, que siempre es un enriquecimiento. En estos cuatro meses, nos han unido algunas cuestiones concretas, como el tema de las pensiones por discapacidad: hemos presentado una acción de amparo con una cautelar".
Vale recordar que la Justicia ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) restablecer el pago de las pensiones por discapacidad en todo el país.
"Fue un proceso colectivo, en el cual se unificaron las distintas causas. Ha tenido un resultado primario feliz y justo, fundamentalmente para los pensionados que cobran menos de $ 300.000, porque es con lo que subsisten en el mes. Se los había atropellado y se les había sacado ese derecho sin un procedimiento administrativo previo. El juez no solo dio acción preventiva a esta cautelar ordenando la reposición del beneficio a todos los beneficiarios de la Argentina: el jueves pasado sacó el fallo sobre el amparo, y fue muy duro en sus consideraciones respecto de la inobservancia de los procesos legales por parte de la Andis y el Gobierno nacional".
El tribunal consideró: "Las pensiones no contributivas, una vez otorgadas, integran la propiedad de sus titulares y solo pueden ser restringidas mediante un procedimiento administrativo regular y un acto administrativo expreso, motivado y notificado, que permita ejercer el derecho de defensa. (…) Andis no acreditó la existencia de actos administrativos individuales o acumulativos que fundamentaran las bajas; en consecuencia, su accionar configuró una 'vía de hecho administrativa': un obrar material sin sustento jurídico, gravemente ilegítimo y lesivo de derechos fundamentales (...) El caso encuadra de manera paradigmática en la procedencia de la acción de amparo colectivo, por la afectación masiva y homogénea de derechos de personas con discapacidad".
Para el defensor catamarqueño, "este es un tema delicado" porque "estamos hablando de gente, muchas veces, en situación de precariedad".
Ambos funcionarios coincidieron en que "hemos estado hablando semanalmente por esta situación que une a la región". "En todo somos muy cautelosos. Entendemos que nuestra función es, más bien, preventiva, mediadora", agregaron.
Según Mera, la agencia de Andis en Catamarca fue "en los últimos años desguazada".
"Había una delegación, había personal trabajando; pero no ha quedado ni el lugar. Entonces, la gente no tenía adónde reclamar —lamentó—. Cuando nos comunicamos con Andis, que lo hicimos desde Adpra (Asociación de Defensores y Defensoras del Pueblo de la República Argentina), no había una respuesta a nuestros requerimientos. Entonces, nos tocó hacer la acción judicial porque no teníamos otra responsabilidad ante el hecho consumado de que la gente había dejado de cobrar las pensiones".
Los funcionarios precisaron que las pensiones se cobran en los meses de liquidación, "como en cualquier organismo (en este caso, a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, que es un agente mediador determinado por la Andis)"; no obstante, el proceso de liquidación natural "va a ser en los primeros días de diciembre".
"Después de la cautelar, la Andis sacó resoluciones en octubre diciendo que volvían al pago, pero es una cosa que no se ha visto. Mucha gente en Santiago y Catamarca no ha vuelto al pago. Ahora, con la resolución de fondo del amparo, entendemos que un tiempo prudencial es en la liquidación de diciembre, que estamos a días. Debiera normalizarse; si no, con seguridad, tomaremos las sanciones de carácter judicial correspondientes", ratificaron.