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La Provincia #Informe

¿Cómo me cambio de nombre y apellido en el DNI a voluntad?

Al respecto, la Dra. María Berrecca Díaz brindó definiciones sobre el tema.

El proceso de cambio de nombre en Argentina requiere de autorización judicial salvo ciertas excepciones. 

 

A continuación, todo lo que determina el Código Civil y Comercial al respecto, explicado por la abogada Dra. María Berrecca Díaz, en diálogo con el Multimedio.

 

“Todos los cambios de apellido deben tramitarse en el proceso más abreviado que prevea la ley local, con intervención del Ministerio Público. Por más que exista una ley de alcance nacional, ante cada caso de cambio, se debe acudir a los organismos locales autorizados para saber cuáles son los pasos a seguir”, comenzó y contextualizó: “Se debe a que no hay una disposición única y preestablecida para todos los casos. Por esto, teniendo en cuenta que el proceso puede variar según la región, es mejor contactarse con el Registro Civil o con los Tribunales de la localidad de la partida de nacimiento. ¿Por qué la distinción entre autoridades judiciales y Registro Civil? Porque la ley indica que, salvo ciertas excepciones, para cambios hay que contar con el aval de un juez”, indicó la Dra. Berrecca Díaz.

 

Sobre cambio de nombre en Registro Civil, indicó: “La ley que refiere al nombre de las personas indica que, en cuanto al cambio de prenombre o de apellido, el mismo es posible ‘solo si el juez decide que existen motivos justos para el cambio’. Existen circunstancias en las cuales no se requiere autorización, como cuestiones de identidad de género, haber sido víctima de desaparición forzada o apropiación; tener en cuenta que para la inscripción hay ciertas reglas, una es que no se pueden inscribir más de tres prenombres, tampoco se pueden utilizar prenombres que sean idénticos a los de hermanos vivos, ni usar apellidos como tales”, cerró.

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