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Política "Se regula solo"

Cuáles son las prepagas intimadas y cuánto deben bajar sus precios

La Comisión Nacional de Defensa a la Competencia dictó una medida de tutela anticipada que ordenó reajustar los valores de las cuotas de los planes de salud según la inflación.

El Gobierno dio a conocer la lista de empresas de medicina prepaga intimadas a retrotraer a diciembre los fuertes aumentos en sus planes de salud, tras la liberación de precios, y que además son acusadas de “colusión”.

La estimación oficial es que, a partir del tope de incrementos por inflación fijado, las cuotas deberían bajar un 33% mientras que las compañías estimaron un 25% de retroceso, en caso de acompañar la medida.

De todos modos, publica Infobae, la medida no contempla por el momento una devolución a los clientes por el excedente que pagaron en los últimos cuatro meses. La Superintendencia de Salud presentó una medida cautelar ante la Justicia para que se devuelva a los afiliados el monto por encima del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec.

Las compañías investigadas por la CNDC, que depende de la Secretaría de Comercio e Industria, y alcanzadas por la medida son:

  • Galeno Argentina S.A.
  • Hospital Británico de Buenos Aires Asociación Civil
  • Hospital Alemán Asociación Civil
  • Medifé Asociación Civil
  • Swiss Medical S.A.
  • Omint S.A. de Servicios
  • OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios
  • La Unión Argentina de Salud (UAS), la confederación que las agrupa
  • y el Sr. Claudio Fernando Belocopitt, en su carácter de actual presidente de la firma Swiss Medical S.A. y entonces presidente de la UAS.
“Se estima que la inflación de abril será del 10%, y tomando en cuenta que las cuotas de la medicina prepaga se incrementaron en promedio un 151% desde diciembre, la medida logrará reducir la cuota de las prepagas en un 33%”, informó la dependencia que conduce Pablo Lavigne.

Ante la consulta de Infobae, desde el sector resaltaron su “sorpresa” por las medidas anunciadas, por lo que en estas horas la analizan con sus abogados, la factibilidad y evalúan los pazos a seguir. El cálculo preliminar que realizaron arrojó que “las cuotas deberían bajar un 25% ya que aumentaron en promedio 6% 0 7% sobre la inflación”.

Desde hace tiempo que en el Gobierno había descontento con los incrementos que aplicaron desde la desregulación del sector a partir del DNU 70/2023 de Javier Milei. El ministro de Economía, Luis Caputo, acusó a las prepagas de “declararle la guerra a la clase media”.

En ese marco, la CNDC indicó que inició a mediados de enero una investigación por presuntas conductas anticompetitivas en la que determinó que existieron “indicios múltiples” de un “acuerdo colusivo” entre las principales empresas de medicina prepaga del país. El organismo emitió un dictamen a Lavigne para que adopte una medida de tutela anticipada para que el conjunto de prepagas mencionadas, la AUS y Belocopitt cumpla con ciertos requisitos.

En primer lugar, el Gobierno dispuso que los valores de las cuotas de los planes de salud a ser cobrados no podrán superar el nivel que tenían a diciembre de 2023 más la variación del IPC. La medida contempla que para los clientes dados de alta después de ese período el ajuste debe realizarse teniendo como base un plan similar al contratado a valores de finales del año pasado.

Asimismo, las empresas señaladas deberán presentar a la CNDC información sobre precios nominales de cada plan de salud ofrecido, ingresos obtenidos por cada plan de salud y cantidad de afiliados en cada uno de los planes. “Deberán aportar datos desde diciembre de 2023 en adelante, e informar su actualización con una frecuencia mensual. A su vez, las compañías y la UAS tienen la obligación de publicar, en el plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la notificación de la cautelar, el texto completo de la medida de tutela anticipada en sus respectivos sitios web”, detalló Comercio.

Según explicó el Gobierno la apertura de la investigación, que continúa en curso, se realizó a partir de una denuncia ante la CNDC por la cartelización en los términos del artículo 2, inciso a), de la Ley de Defensa de la Competencia, “en virtud del aumento coordinado de los precios de los planes de medicina prepaga de las empresas detalladas”.

Medicina prepaga
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