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Policiales El veredicto fue dado a conocer ayer después del mediodía

Un tribunal condenó ayer a dos sujetos acusados de violar a un niño de 11 años

Ambos son oriundos de la localidad de Villa Unión (Mitre) y uno de ellos era menor (16 años) al momento de cometer el hecho imputado.

Dos individuos domiciliados en la localidad de Villa Unión, departamento Mitre, que fueron enjuiciados por estar acusados de haber violado —uno de ellos de manera continuada— a un menor de 11 años, fueron condenados ayer por un tribunal que los consideró culpables de los hechos que les imputaron.

Se trata de Eliam Germahin Góngora Giménez, a quien la Dra. María Emilia Ganem, coordinadora de la Unidad Fiscal para la Circunscripción Añatuya, acusó por el delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado.

Un inculpado era menor

También se juzgó a Samuel Bladimir Giménez, al que endilgó el delito de abuso sexual con acceso carnal. Al momento de cometer el único hecho que le imputan, este inculpado era un adolescente de 16 años.

Por esa razón fue enjuiciado bajo el Régimen de Minoridad y la condena que le aplicaron fue la prevista para tal delito en grado de tentativa.

Las penas aplicadas

Ayer después del mediodía, el tribunal que integraron los Dres. Fernando Viaña, Alfredo Daniel Pérez Gallardo y Luis Ariel Domínguez, dictó el veredicto del juicio y condenó a Eliam Góngora Giménez a cumplir la pena de 7 años y 6 meses de prisión. Tal pena se aplicó por mayoría de votos, ya que los Dres. Viaña y Domínguez votaron por la impuesta, y el Dr. Pérez Gallardo consideró que debía ser condenado a 6 años de prisión.

A Samuel Giménez le impusieron pena de 3 años y 6 meses de prisión, que también fue dictada por mayoría de votos. Los Dres. Viaña y Domingo votaron por dicho monto de pena, en tanto que Pérez Gallardo consideró innecesaria la aplicación de una condena, y concedía la libertad al sujeto. Ayer, antes del dictado del fallo, el tribunal dio la oportunidad a los acusados de decir sus últimas palabras en el juicio, pero ambos dijeron que no tenían nada para decir.

Los alegatos de clausura

Al producir su alegato de clausura la fiscalía solicitó condenar a Góngora Giménez a la pena de 9 años de prisión, en tanto que para Giménez pidió una condena de 4 años.

La Dra. Andrea Darwich, defensora de los acusados, pidió absolver a estos y en forma subsidiaria que les apliquen la pena mínima para tales delitos.

Condena Juicio menor
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