El Juzgado en lo Civil y Comercial N.º 4 de Lanús condenó a una entidad bancaria a indemnizar a un cliente que fue víctima de una estafa luego de haber extraviado su Documento Nacional de Identidad (DNI).
De acuerdo con la investigación, pocas horas después de la pérdida del documento, un desconocido se presentó en la sucursal y consiguió retirar $30.000 en efectivo por ventanilla haciéndose pasar por el titular de la cuenta, sin que la entidad advirtiera irregularidades en la operación.
Durante el juicio, el banco sostuvo que la extracción había sido realizada por el propio cliente. Sin embargo, una pericia caligráfica confirmó que la firma estampada en el comprobante no pertenecía al damnificado. A ello se sumó el análisis de las cámaras de seguridad, que mostró diferencias físicas evidentes entre el verdadero titular y la persona que efectuó el retiro.
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Ante estas pruebas, el magistrado concluyó que la entidad financiera actuó con negligencia al no verificar adecuadamente la identidad de quien realizó la operación, incumpliendo su deber de seguridad y protección hacia el usuario.
Por ese motivo, el banco fue condenado a pagar una indemnización total de $3.590.000, cifra que incluye una reparación por daño psíquico, los costos de un tratamiento terapéutico y los intereses acumulados desde la fecha del hecho.
El fallo fue considerado un antecedente importante en materia de responsabilidad bancaria y protección de los derechos de los consumidores frente a maniobras fraudulentas.