Una dramática y salvaje situación de violencia de género se habría registrado en el interior de una vivienda de la vecina ciudad de La Banda, cuando un sujeto atacó brutalmente a su pareja en medio de un presunto irracional ataque de celos.
Según el relato de la víctima —quien se desempeña como trabajadora repartiendo sus días entre Capital y Añatuya—, la pesadilla comenzó en las primeras horas de la mañana, cuando se levantaba de la cama para alistarse y dirigirse a su puesto laboral. En ese instante, su pareja la habría interceptado exigiéndole violentamente que le entregara su teléfono celular.
Ante la rotunda y lógica negativa de la mujer, el agresor habría perdido por completo los estribos. De acuerdo con el expediente, el sujeto la habría tomado fuertemente del cuello para inmovilizarla, se habría abalanzado sobre ella en la cama presionándole el pecho con sus piernas, mientras le doblaba la mano derecha para obligarla a desbloquear el dispositivo.
Lejos de calmarse tras el forcejeo, el individuo le habría propinado un violento cabezazo en el rostro y le tapó la boca con sus manos para ahogar los gritos de auxilio que pudieran alertar a los vecinos. Tras la posterior denuncia, el médico policial constató las diversas lesiones en el cuerpo de la damnificada y dictaminó siete días de curación.
Durante una audiencia clave celebrada en los Tribunales locales, el fiscal de la causa —Dr. Yagüe— expuso los avances de la investigación. Sin embargo, y de manera sorpresiva para la gravedad del hecho, el Ministerio Público Fiscal habría optado por no solicitar la prórroga de la detención del imputado por el delito de lesiones agravadas por el vínculo.
Tras escuchar a la defensa técnica —que argumentó arraigo y falta de medios para una fuga—, el juez de Control y Garantías ordenó la inmediata excarcelación del violento individuo. Para intentar resguardar la integridad de la víctima, la Justicia le impuso al sujeto una serie de rigurosas restricciones de conducta y la obligación de someterse a un tratamiento psicológico por el lapso de 180 días.
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