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Policiales #CámaraDeApelaciones

Confirman cambio de calificativa y libertad para médico acusado de abusos sexuales

El Tribunal rechazó los planteos de la fiscalía, y consideró que existe una orfandad de evidencias para acreditar los hechos denunciados por las pacientes, por lo que hizo lugar al pedido de la defensa para confirmar la resolución de la jueza Norma Morán.

Ante la orfandad de evidencias que acrediten las figuras penales endilgadas por la fiscalía a un médico santiagueño, que está acusado de haber abusado sexualmente a dos pacientes, la Cámara de Apelaciones y de Control en lo Penal hizo lugar al planteo de la defensa y confirmó el cambio de calificativa dispuesto por la jueza de Género y le mantuvo la excarcelación que le fuera concedida al profesional, con medidas restrictivas y reglas de conducta.

 

Se trata de un facultativo que fue acusado por dos pacientes de haberlas manoseado en sus partes íntimas, y una de ellas de haberle introducido sus dedos en la vagina, razón por la que fue detenido al ser acusado por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal. Oportunamente y ante la jueza Norma Morán, la defensa técnica del médico –ejercida por el Dr. Diego Lindow- requirió el cambio de calificativa a abuso sexual simple y que su asistido sea excarcelado, a lo cual la magistrada hizo lugar.

 

Apela el Ministerio Fiscal

 

El Ministerio Público Fiscal resolvió apelar dicha medida y expresó agravios ante la Cámara de Apelaciones –representada por las Dras. Ana Cecilia Vittar e Inés Graciela Zamora- pidiendo que se revoque la resolución de la jueza y que se dicte la prisión preventiva para el médico, lo cual mereció la oposición del abogado defensor, quien solicitó que se confirme la medida adoptada por la magistrada que excarceló a su cliente.

 

La fiscalía consideró que la resolución de la jueza era arbitraria, y que no tenía argumentos lógicos ni razonables, ya que la adoptó basándose solamente en la inexistencia de certificados médicos de lesiones para tener por acreditado el delito de abuso sexual con acceso carnal, aseverando que ocurrió solo una vez, sin tener en cuenta, otras evidencias, ni evaluar los riesgos procesales existentes.

 

En cuanto a la falta de certificado médico, la fiscalía argumentó que las denunciantes, ambas mayores de edad, no fueron examinadas por un médico para no revictimizarlas porque, “no se iba a encontrar desgarro alguno, ya que ambas son sexualmente activas”.

 

Sin embargo, el Tribunal consideró que no se respaldaron las acusaciones de las víctimas con otras evidencias o elementos que acrediten sus dichos, ya que no se hicieron evaluaciones psicológicas en las denunciantes, y concluyen en que la Dra. Norma Morán hizo un análisis e interpretación de las evidencias, dentro del marco legal establecido, dando razón de su decisorio, con el que las partes pueden o no, estar de acuerdo, sin que ello, las habilite para  tildarlo de arbitrario, por lo que decidió confirmar la resolución motivo de agravio.

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