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La Provincia #ProyectoDeLey

El Ejecutivo presentó un proyecto de ley para crear un mecanismo de prevención de torturas

La iniciativa fue elevada a partir de la ratificación por parte de la República Argentina del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes de Naciones Unidas (Opcat).

En cumplimiento de convenios internacionales celebrados por Argentina, el Poder Ejecutivo envió este viernes a la Legislatura local un proyecto de ley que busca establecer “un mecanismo provincial de prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes” dentro de Santiago del Estero. Además de “profundizar las herramientas que promuevan, aseguren y consoliden los Derechos Humanos”. 

 

La iniciativa fue elevada a partir de la ratificación por parte de la República Argentina del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes de Naciones Unidas (Opcat).

 

Dicho documento establece “la obligación de los estados parte de mantener, designar o crear, uno o varios mecanismos nacionales independientes para la prevención de la tortura a nivel nacional”.

 

También indica que las disposiciones del protocolo son aplicables a todas las partes componentes de los estados federales, sin excepción o limitación alguna.

 

En el año 2012, mediante la Ley 26.827, el Congreso Nacional creó el Sistema Nacional para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, compuesto por el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT), el Consejo Federal de Mecanismos Locales y los mecanismos locales que se designen, junto con aquellas instituciones gubernamentales, entes públicos y organizaciones no gubernamentales interesadas en el cumplimiento de los objetivos del Protocolo Facultativo. 

 

El proyecto ingresado en la Legislatura remarca que “las disposiciones de esta ley tienen carácter de orden público y por lo tanto resultan aplicables en todo el territorio de la República Argentina”, según los artículos 2 y 3 de la Ley 26.827.

 

Esta misma norma propicia en sus artículos 35 y 36 la conformación de los mecanismos locales, recomendando que los mismos se ajusten a los estándares previstos en los mecanismos nacionales de conformidad con los estatutos de las instituciones de los Derechos Humanos, conocidos como “Principios de París”, permitiendo asegurar en las jurisdicciones provinciales las obligaciones convencionales que incumben a la Argentina por los tratados internacionales.

El proyecto propone también que este mecanismo de prevención sea creado en el ámbito de la Defensoría del Pueblo de la Provincia, a fin de asegurar la plena autonomía funcional otorgada por el artículo 141 de la Constitución Provincial y la Ley 6320 y modificatorias.

Santiago del Estero
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