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Policiales #Quimilí

Amenazó a una docente con difundir imágenes íntimas si no vuelve con él

La mujer tiene 38 años y mantuvo una relación sentimental con el acusado durante ocho meses. El sujeto insiste ante la educadora.

Una docente de 38 años, domiciliada en Quimilí, vive momentos de gran angustia y preocupación ante la amenaza que recibió de parte de su expareja, por lo que decidió recurrir a la Justicia para que investigara el hecho y “frenara” cualquier tipo de daño, físico o psicológico, que pudiera ocasionarle.

La denuncia fue realizada en la Oficina de la Mujer y la Familia de la ciudad cabecera del departamento Mariano Moreno, donde la educadora expuso que mantuvo una relación sentimental con un hombre de 48 años, durante ocho meses. Sin embargo, en los últimos tiempos, la mujer se enteró que su concubino la engañaba con otra mujer.

Una vez que corroboró la infidelidad y mientras se encontraba en la escuela, le envió mensajes de texto al hombre, ocasión en la que le dijo que no quería verlo en la casa cuando regresara de trabajar. Asimismo, le dio sus razones y las “pruebas” que tenía. Efectivamente, la docente regresó a su domicilio y comprobó que el hombre no se encontraba. Se había llevado su ropa y otras pertenencias; además de la copia de la llave de la motocicleta que le pertenece a ella. La docente pensó que comenzaba una nueva vida. Sin embargo, su expareja apareció nuevamente en escena. Primero insistió en retomar la relación sentimental, pero ante la negativa, él la amenazó. Le envió un mensaje de texto en el que le advirtió que si no regresaba con él, iba a viralizar las fotos íntimas que se habían sacado juntos. Ante tamaña amenaza, la víctima decidió recurrir a la Justicia. La docente expuso ante los investigadores que se si se difunden las imágenes, no solo le provocará un daño personal, sino también en su puesto laboral, teniendo en cuenta que está al frente de alumnos.

El Ministerio Público Fiscal analiza el caso para tomar medidas procesales, a fin de resguardar a la denunciante de una posible difusión de un momento de su intimidad personal.

 

Delitos informáticos: La “pornovenganza” está penada con prisión por la Ley 26.388

 

Las publicaciones en las redes sociales de imágenes o videos pornográficos que son usadas generalmente como mecanismo de extorsión por algún miembro de la pareja, delito conocido vulgarmente como “pornovenganza”, está contemplado en nuestro Código Penal y constituye un delito de violación a la intimidad.

El Dr. Luis Achával, vocal del Tribunal de Juicio en lo Penal, explicó que con la sanción de la Ley 26.388 de delitos informáticos en 2008, la Argentina se incorporó a la lista de países que cuentan con regulación legal sobre esta cuestión.

En la mencionada ley se tipifican los distintos delitos informáticos relacionados a la publicación de una comunicación electrónica, pornografía infantil por Internet; violación de comunicación electrónica; fraude, daño o sabotaje informático, entre otros.

El magistrado explicó que la difusión de imágenes íntimas establece que “…será reprimido con una multa de hasta $ 100.000, al que hallándose en posesión de una comunicación electrónica, no destinada a la publicidad, los hiciere publicar indebidamente, si el hecho causare o pudiere causar perjuicios a terceros”.

Mencionó que el incremento de estos casos en la actualidad se debe a que el medio informático favorece que cualquiera pueda publicar reproduciendo este tipo de comunicaciones, poniéndolas a disposición de aquellos conectados y ante la imposibilidad de determinar con exactitud técnica el impacto, o sea cuántos realmente accedieron al archivo, lo bajaron o compartieron.

Este tipo de delitos también suelen tipificarse como amenazas y está contemplado en el art. 149 bis que determina “que será reprimido con prisión de dos a cuatro años el que hiciera uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad”.

En el caso que se trate de menores, también está contemplado en el art. 128 que impone pena de prisión a quienes involucren a menores en temas sexuales.

El Dr. Achával remarcó que “la importancia de esta ley está fundada en que, debido al principio de legalidad no puede castigarse una conducta no tipificada, entonces con esta normativa, podrán ser castigados los culpables en base a un claro fundamento legal”.

Finalizó diciendo que esta ley es producto de “receptar cuestiones que llegaron a los tribunales, como también de concretar compromisos internacionales asumidos a través de la firma de tratados y de ese modo hoy puede decirse que la Justicia está en condiciones de responder a los actuales requerimientos de la sociedad”.

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