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La Provincia #ColumnaDeLosJubilados

Jubilados y pensionados: Las nuevas medidas que tomó el Gobierno nacional

Rosa Soria informa, desde el Foro de Jubilados, los detalles de la movilidad previsional y el subsidio de contención familiar

En esta oportunidad vamos a informar y explicar las nuevas medidas adoptadas por el Gobierno, con la finalidad de ayudar a los jubilados y pensionados a sobrellevar de una mejor manera esta situación económica global desfavorable que inevitablemente nos lleva la pandemia generada por la propagación del Covid-19.

 

Movilidad previsional

En cumplimiento de lo que establece el Art. 55 de la Ley 27.541, que modifica y suspende el Art. 32 de la Ley 24.241, Anses comunicó el nuevo porcentaje de aumento de los haberes previsionales que se verá reflejado en el mensual de septiembre de este año.

 

Al respecto, el Gobierno decidió establecer una movilidad correspondiente al 7,5% aplicables a los haberes brutos vigentes.

 

La medida abarca no solo a los jubilados y pensionados, sino también resulta de aplicación para los demás titulares de beneficios del sistema nacional, es así que al incremento también acceden los beneficiarios de Pensión Universal para el Adulto Mayor o PUAM, Pensiones No Contributivas, Asignaciones Familiares (SUAF), Asignación Universal por Hijo, Asignación Universal por Embarazo.

 

En consecuencia al actualizar los haberes vigentes, en septiembre de 2020, la AUH pasará del monto $ 3.293 a $ 3.540, el haber máximo pasará a ser $ 121.990, y el haber mínimo bruto garantizado pasará a ser $ 18.129. Asimismo, se incrementan las bases imponibles mínimas y máximas establecidas por la ley.

 

De esta manera, el sector que constituye más de 80% de los jubilados y pensionados, que son aquellos que perciben los haberes más bajos, habrán obtenido un incremento acumulado anual correspondiente al 28,9%, ganándole así a la inflación según los números indicados por Indec.

 

Es así que la Nación establece por decreto nacional, en forma discrecional y no arbitraria, el incremento de los ingresos de los adultos mayores, tomando en cuenta factores que influyen directamente en nuestro poder adquisitivo, lo que se continuara aplicando hasta que la Comisión Bicameral Mixta creada en el seno del Congreso Nacional, integrado por representantes de ambas cámaras, representantes del Ministerio de Economía, de Trabajo y de Anses, establezcan una nueva fórmula de movilidad que resulte sostenible en el tiempo, arduo trabajo cuyo plazo de finalización fue prorrogado hasta diciembre de 2020.

 

La presente medida se suma a las demás disposiciones emanadas del Poder Ejecutivo, cuyo dictado tiene la finalidad de cubrir y prevenir a los adultos mayores de los efectos desfavorables que pueda producir la situación de crisis sanitaria y económica mundial, generada por la pandemia en la cual tristemente aun vivimos, y rogamos que pronto superemos. Dichas medidas fueron, entre otras, tres bonos extraordinarios (diciembre, enero, abril), la puesta en marcha de un vademécum de más de 170 medicamentos con descuento del 100% para el beneficiario PAMI, el congelamiento de las tarifas de servicios esenciales, la prohibición de los cortes de suministro de los mismos por falta de pago, la suspensión del cobro de los créditos Anses y la modificación favorable de sus planes de pagos e intereses.

 

Subsidio de contención

Que mediante el dictado del decreto nacional N° 655/2020, se modifica el decreto nacional N° 599/2006 que crea el beneficio de Subsidio de Contención Familiar. La reforma establece dos cambios centrales tanto respecto al ámbito personal de aplicación, es decir respecto de los posibles beneficiarios del subsidio, como así también referido al monto y suma dineraria al que asciende el mismo.

 

Que el mencionado Subsidio de Contención Familiar o subsidio por sepelio, históricamente constituía en el pago de una suma que ascendía a $ 6.000, destinado a cubrir parte del gastos que erogaban los familiares directos del causante, utilizados para hacer frente a los costos de sepelio, cuyo incremento por inflación generó un desfasaje y desactualización respecto al monto del subsidio que aun permanecía inmutable, pese a los reclamos de los beneficiarios.

 

De esta manera, el Gobierno nacional al escuchar y tomar en cuenta los justos reclamos de la sociedad, con gran criterio de justicia social, decidió emitir la normativa que dispone el incremento del subsidio de contención a la suma de $ 15.000, constituyendo un aumento de un 150%. Asimismo, el universo de personas a las que abarca el beneficio tuvo una importante modificación estableciendo el decreto en su Art 6° la ampliación del mismo incluyendo a aquellas personas, que aunque no sean titulares de beneficios previsionales, como por ejemplo desempleados, trabajadores informales, monotributistas de baja categoría, trabajadoras de casas particulares, titulares de AUH, hayan fallecido a causa del Covid-19, posibilitando de esta manera a los familiares de dichos causantes poder afrontar los grandes costos que irroga un digno sepelio de un ser querido.

 

Respecto de esta medida, tenemos que agradecer enormemente al órgano consultivo de Anses, sector fundamental del organismo que pronto cumplirá un nuevo aniversario, y de cuyo seno forma parte activamente la Federación Provincial de Jubilados y Pensionados de Santiago del Estero, entidad principalmente fundada por el Foro de Jubilados y Pensionados, junto a numerosos centros de jubilados de todo el territorio de nuestra provincia.

 

Por último, necesito pedirles a todos los adultos mayores santiagueños que hoy más que nunca nos cuidemos y cumplamos con las medidas de prevención emanadas por el Gobierno local destinadas exclusivamente a la protección de nuestra salud.

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