El Ministro de Economía, Luis Caputo, planea enviar al Congreso la revisión de la última reforma del Impuesto a las Ganancias junto con otras iniciativas de carácter fiscal que buscan impulsar desde el Gobierno.
Con el objetivo de salir del déficit fiscal lo más rápido posible y a raíz del reclamo de los gobiernos provinciales para la pérdida de fondos que les generó la reforma del impuesto, el Poder Ejecutivo estaría decidido a avanzar con la modificación dentro del plan de ajuste fiscal.
El nuevo marco regulatorio incluiría reformas de versiones anteriores de la ley de muchas cláusulas sobre deducciones y beneficios, y una reducción para 2024, por única vez, del 26% de los montos para la aplicación de la escala vigente.
El contenido de los artículos del proyecto de Impuesto a las Ganancias:
Artículos 1 y 7: Derogan la ley que estableció un piso de 15 salarios mínimos vitales y móviles y modificó la naturaleza del Impuesto a las Ganancias al convertirlo en un impuesto cedular (sin deducciones) a los Altos Ingresos.
Artículos 2 a 4: Restablecen las normas de la Ley de Impuesto a las Ganancias anteriores a la derogación de diciembre pasado respecto de cómo tratar los plazos fijos, las criptomonedas y otras inversiones, así como los contratos de derivados.
Artículos 5 y 8: Terminan con el sistema de deducciones especiales para fijar el mínimo del Impuesto a las Ganancias, tal como se hizo durante la gestión de Sergio Massa, y también retrotrae la exención en el aguinaldo. De este modo, el nuevo piso de Impuesto a las Ganancias de 2024, para trabajadores en relación de dependencia y jubilados, surgirá de la suma del mínimo no imponible (será $90.780,71 en enero), más la suma de 3,8 veces esa misma cifra.
Artículos 6 y 10: Fijan la tabla de alícuotas para personas humanas en la misma que está vigente y afirma que, a partir de 2024, se actualizará por RIPTE, de octubre a octubre. Por única vez, para el año fiscal 2024, a los montos previstos en la escala se le deberá detraer el 26%, previo a la aplicación de la alícuota del Impuesto a las Ganancias correspondiente.
Artículos 11 y 12: Para 2023, los trabajadores en relación de dependencia y jubilados se regirán por las normas vigentes por iniciativa del exministro Sergio Massa.
Artículo 13: Faculta al Poder Ejecutivo para elevar los pisos de la escala progresiva del Impuesto a las Ganancias y las deducciones.
Artículo 14: La vigencia de la norma será desde la publicación en el Boletín Oficial.