El Presidente del Intituto de Obra Social Provincial, CPN Raúl O. Ayuch y el Presidente de la Obra Social de los Empleados Públicos, Dr. Julio Octavio Cabur, de la Provincia de Catamarca, llevaron a cabo la firma de un convenio de reciprocidad. Ello implica que las obras sociales firmantes se obligan a prestar en iguales alcances que a sus afiliados naturales, sujetos a las condiciones establecidas en el convenio los servicios médicos asistenciales a los afiliados pertenecientes al IOSEP y al OSEP, respectivamente.
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En cuanto a los beneficiarios de este convenio, se establece la siguiente categorización:- Afiliados Con Domicilio En Extraña Jurisdicción
- Afiliados En Tránsito
- Afiliado Derivado
- Afiliado Estudiante o en Comisión de Servicios
- Afiliado Limítrofe
Es importante destacar que el presente convenio No Obliga a Ninguna de las Partes a realizar Prestaciones y/o Beneficios no contemplados en la cobertura que brindan las obras sociales de origen a sus afiliados. En relación a los medicamentos biológicos, medicamentos de alto costo, órtesis, prótesis de alto costo deberán tener en forma clara y precisa la autorización previa de la obra social de origen.
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Asimismo queda exceptuado de este convenio de reciprocidad el servicio de sepelio, que solamente será efectuado por la obra social de origen.