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Opinión #Infancias

La humanidad no logró erradicar el trabajo infantil

En el actual contexto, se perderán los avances que habíamos obtenido del año 2000 para acá

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En Argentina, hasta los 16 años está prohibido el trabajo infantil, salvo algunas excepciones

Lo mejor que podemos hacer en problemáticas de esta envergadura, como es trabajo infantil, darlas a conocer más allá de los números, porque los niños, las personas, no deberían ser sólo números. Sino que a partir del conocimiento de la realidad, se pueden tomar decisiones. Porque si hay algo que está vinculado con las políticas públicas, es el tema de la erradicación del trabajo infantil.

 

Si bien hay más de 300 convenios internacionales en la materia, tanto de la Organización Internacional del Trabajo como de Naciones Unidas, la humanidad no ha podido erradicar el trabajo infantil.

 

En el actual contexto, se perderán los avances que habíamos obtenido del año 2000 para acá.

 

Al contrario, en algunas zonas se ha profundizado y las consecuencias las vamos a tener después, en la pospandemia. Uno de sus efectos nocivos es el cierre de las escuelas, que es uno de los ámbitos donde la persona se desarrolla. Justamente la escuela actúa como una barrera de contención frente a lo que puede ser el niño que trabaja con la familia. La escuela viene a protegerlo, porque no solamente va a capacitarlo para un futuro mejor, sino que lo ayuda a socializar.

 

En cuanto a la edad mínima en que una persona pueda incorporarse al mercado laboral, hay disparidad en la legislación de los países.

 

En Argentina, hasta los 16 años está prohibido, salvo algunos supuestos de excepción como las empresas familiares, y siempre que se garantice el acceso a la educación.

 

En relación al tema del trabajo adolescente hoy, a mí me parece puntual señalar el trabajo en plataformas. Ese tipo de trabajo ya lo vemos en la ciudad de Santiago del Estero, a través de determinadas firmas y de los delivery. Deben incorporarse a una plataforma tecnológica, que consiste en bajar una aplicación y comenzar a trabajar. Es hoy el trabajo más desprotegido por cuanto no tiene la cobertura de una Aseguradora del Riesgo del Trabajo (ART); muchas veces no se puede identificar quién es el empleador, porque supuestamente se ponen en contacto con una plataforma tecnológica, cuya identificación está todavía en la nube.

 

En el caso de los adolescentes, que andan en bicicletas o en motos, se encuentran en una constante desprotección y, aparte, son un grupo muy vulnerable.

 

Hay distintas formas de inserción en los mercados laborales que preparan a los jóvenes, para que el día de mañana puedan ejercer una determinada profesión. Pero desgraciadamente hoy, como se están dando las condiciones de que el trabajo fácil y de supuesto trabajo libre, los estamos desprotegiendo.

 

Esas son las formas que se denominan formas contemporáneas de esclavitud. Esto es, el trabajo infantil, el trabajo desprotegido, lo que no respeta el paradigma del trabajo decente. Este es un paradigma que en 1999, la Organización Internacional del Trabajo lo comenzó a diseñar y lo establece como un objetivo, que se encuentra entre los de Desarrollo Sostenible. El objetivo Nº 8 es "Trabajo decente y crecimiento económico". Es decir, no vamos a tener un crecimiento económico, en los términos que se propone Naciones Unidas, si no tenemos el respeto por el trabajo decente.

 

¿Qué es el trabajo decente? Es ese trabajo protegido, prestado como dice la Constitución Nacional, significa brindar condiciones dignas y equitativas de labor. En cuanto a las condiciones dignas, se refiere a un trabajo en el que el trabajador no vaya a exponerse a situaciones de vulnerabilidad ni a exponer su integridad psicofísica.

 

Y desde ese paradigma se trata de proteger y también garantizar, no  solamente que sea protegido el trabajo, en condiciones, en calidad y de acuerdo con las competencias que cada ser humano desarrolla, sino además que garantice lo que se denomina el diálogo social. Es decir, la intervención a través de órganos colectivos, la defensa de los derechos colectivos a través del diálogo tripartito entre empleador, asociaciones profesionales y el Estado.

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