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La Provincia #Columnista

Supervivencia de las Pymes en un marco de crisis económica

???la disolución tiene consecuencias jurídicas en el plano societario y fiscal", explicó el Dr. Sergio Carbone

Agrandar imagen Es necesario generar los mecanismos para sostener el patrimonio de una organización
Es necesario generar los mecanismos para sostener el patrimonio de una organización

El CP Sergio Carbone pasó por LV11, con su columna semanal en la cual se refirió sobre el impacto económico nacional en las Pymes y la posibilidad de que estas se disuelvan.

“Lo que ha venido sucediendo en los últimos 12 meses es un contexto económico sumamente adverso en la Argentina, ya que en la mayoría de los casos no se pudieron cubrir los costos de las operaciones, ya se venía mal a diciembre del año pasado, pero con este último contexto desde marzo, en donde se frenaron las operaciones y muchas empresas Pymes no pudieron operar y perdieron dinero”.

“Por lo tanto, hay cuestiones que comenzamos a ver en estas fechas en donde las empresas, sociedad anónimas, SRL, entre otras que tienen un capital de operaciones y que producto del contexto perdieron más dinero de lo que podían perder, jurídicamente hablando e incluso perdieron el capital, entonces nosotros como contadores a fin de año vamos a tener que decirle al cliente, señor usted tiene un patrimonio neto negativo. Esto significa que la empresa perdió toda forma de sustento económico que fue financiado seguramente por los socios y que hay que tomar una decisión jurídicamente, la empresa se disuelve en este caso a fin de año porque hay una norma la Ley 27.541”.

Seguidamente, enfatizó en las disoluciones empresariales “la disolución tiene consecuencias jurídicas en el plano societario y fiscal, entonces es necesario plantear los estados contables y ver qué voy a hacer yo en diciembre que es básicamente recomponerlo en el caso de haber perdido capital”. Por otro lado, Carbone apuntó: “Dentro de las especificaciones del estado de emergencia (en materia de reactivación productiva) sancionado por el Ejecutivo Nacional permitió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación analizar las normas en este caso las del Ejecutivo en un contexto de emergencia, donde el parámetro o el rigor de lo cual va analizar el acto o la norma va a ser diferente a un contexto en el que no hay un estado de excepción, aquí es necesario pararnos de lado del contribuyente de las Pymes, de levantar las persianas, este contribuyente trabaja con sociedades que generalmente cuando la constituyen no analizan el capital que van a necesitar”.

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