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Policiales #PrimeroEnNDW

La abogada y el organizador de la fiesta podrían pagar multas de hasta $ 100.000

Ambos continúan aprehendidos, por violación los Artículos 203 y 205 del Código Penal.

La abogada que fue aprehendida en una fiesta clandestina que se realizaba en una finca situada en Puestito de San Antonio, departamento Capital, y el organizador del evento, obraron “con imprudencia, negligencia, impericia”, según el Ministerio Público Fiscal, pudiendo haber contagiado a la sociedad con dicha conducta, por lo que además del Art. 205 del Código Penal -por violar el aislamiento- se les impuso el Art. 203, que establece multas de entre 5 mil a 100 mil pesos cuando la propagación fuera cometida actuando con tales actitudes.

 

Se dispuso que la aprehensión de la Dra. María Lourdes Bertolotti, y de Luis Nicolás Rinaldi -organizador de la fiesta- sea por 48 horas, razón por la cuán han sido privados de su libertad, sin que haya trascendido el monto de la multa que deberán abonar.

 

“La conducta desplegada por los imputados es grave, porque pudieron haber contagiado a la sociedad por la impericia o negligencia con la que obraron”, sostuvieron autoridades judiciales.

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