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La Provincia #Atención

Punto por punto: así funcionará el Juzgado Federal Nº2 de Santiago del Estero

A continuación mostraremos las pautas de funcionamiento del Juzgado Federal N°2 de Santiago del Estero a partir de la Acordada 14/2020 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

A continuación mostraremos las pautas de funcionamiento del Juzgado Federal N°2 de Santiago del Estero a partir de la Acordada 14/2020 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

 

Prórroga de la feria extraordinaria

La Acordada 14/2020 de la CSJN prorroga la feria extraordinaria dispuesta por la acordada 6/2020 -y extendida por acordadas 8, 10 y 13 del corriente año-, desde el 11 de mayo al 24 de mayo, ambos incluidos, de 2020.

Protocolos aprobados

 

Por la mencionada Acordada se han aprobado los siguientes protocolos:

 

 

1.Protocolo y pautas para la tramitación de causas judiciales durante la feria extraordinaria

 

 

2.Protocolo referido a la convocatoria de funcionarios y empleados

 

 

3.Protocolo para formular consultas en el Poder Judicial

 

 

4.Protocolo de medidas de prevención, higiene y seguridad para el Poder Judicial de la Nación por la pandemia de COVID-19

 

 

 

Empleo de herramientas digitales y tramitación remota

 

La acordada recuerda e insta que al formular presentaciones para la realización de todos los actos procesales, se deberá priorizar el empleo de las herramientas digitales disponibles que permitan la tramitación remota de las causas y el uso de la firma electrónica y digital -conforme las acordadas 4, 6, 11 y 12 de este año de la CSJN.

 

 

 

Actos procesales que no admiten demora

La acordada recuerda a los magistrados judiciales las facultades privativas para llevar cabo los actos procesales que no admitan demora o medidas que de no practicarse pudieren causar un perjuicio irreparable, de acuerdo con los lineamientos supuestos señalados en las acordadas 6, 9, 10 y 13 del corriente año.

Materias a ser consideradas

Las materias cuya consideración se amplia durante esta feria extraordinaria, son entre otras:

1.Materia Penal

 

a) Narcotráfico

 

b) Trata de personas

 

c) Delitos informáticos

 

d) Causas penales con investigados o imputados desconocidos no detenidos, pedido de la Fiscalía o del querellante. En este caso, el juez valorará la procedencia o no de la habilitación pretendida.

 

2.Materia No Penal

 

a)Procedimientos de amparos -Ley 16.986- y amparos contra actos de particulares

 

b) Juicios laborales

 

c) Hábeas data

 

d) Procesos de daños y perjuicios

 

e) De naturaleza previsional

 

f) De regulación por honorarios profesionales en todos los procesos

 

g) Procesos universales -sucesiones, concursos-

 

h) Medidas cautelares

 

 

i) Procesos voluntarios.

Cámaras de apelación

Las respectivas Cámaras de Apelación o Casación podrán disponer la habilitación de la feria extraordinaria para el tratamiento y resolución de todos los recursos que se interpongan o que estuvieren en curso.

Habilitación de oficio para el dictado de sentencias

El juez natural de la causa podrá evaluar y disponer en forma remota la habilitación de la feria para el dictado de sentencias definitivas o interlocutorias en aquellos expedientes que se encuentren en condiciones de ser resueltos, aun cuando no se refieran a las materias enunciadas precedentemente.

 

En el supuesto de habilitación de oficio para el dictado de sentencias, la habilitación del acto abarcará también su posterior notificación electrónica, pero los plazos procesales se mantendrán suspendidos.

 

 

 

 

Notificada la sentencia dictada, las partes podrán pedir habilitación especial para continuar el trámite, de forma fundada, y el magistrado resolverá sobre su procedencia o no.

 

 

 

Magistrados designados para la feria extraordinaria

La Acordada designa jueces de la feria judicial extraordinaria del 11 al 24 de mayo del corriente año, a los titulares de los Juzgados Federales 1 y 2 de Santiago del Estero, respectivamente, Dres. Guillermo Molinari y Sebastián Argibay.

Reapertura progresiva del servicio de justicia

La Acordada dispone a partir del 18 de mayo del corriente año la progresiva reapertura de la prestación del servicio de justicia, con modalidad mixta, presencial y remota.

 

 

A partir del 18 de mayo y hasta el 24 de mayo inclusive, además de mantenerse el horario de atención al público de lunes a viernes de 09:00 a 13:00, se habilita un horario vespertino de 13:00 a 17:00 horas.

 

 

A los fines de adecuar el funcionamiento de lo dispuesto por la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán a la política sanitaria provincial, el horario vespertino de atención a profesionales y público será sólo de carácter extraordinario, priorizándose el trabajo interno, por lo cual se insta a la utilización del horario de 9:00 a 13:00 hs.

Ingreso de profesionales por turno

El ingreso de profesionales a los Juzgados será permitido previa solicitud y asignación de turno.

Dicha petición será efectuada a los correos institucionales:

 

Juzgado Federal 1: [email protected]

Juzgado Federal 2 [email protected]

 

 

Para el pedido de turnos, se deberán consignar los siguientes requisitos:

 

 

Nombre completo

Matrícula federal

Número telefónico de contacto

Número y carátula del expediente o los expedientes a compulsar

Presentación posterior en soporte papel

Finalizada la feria judicial, los litigantes deberán presentar en soporte papel todas las actuaciones que hubieran elevado en formato pdf.

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