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La Provincia INFORME

Estos son los requisitos para aspirar a la adopción de un niño

Desde el Registro ??nico de Adoptantes informaron a Nuevo Diario los pasos a seguir; mirá qué se debe hacer

En esta nota te mostramos los requisitos para aspirar a la adopción de un niño.

 

Ayer, Nuevo Diario Web publicó la noticia de un conocido matrimonio que adoptará a tres hermanitos que sufrieron una historia horrible en manos de sus padres biológicos, los cuales serán adoptados por Leonel Rodríguez Romagnoli y se esposa Cecilia, y desde el RUA (Registro Único de Adoptantes) comunicaron que recibieron incontables llamados telefónicos, y que "no daban abasto para atender tanta gente".

 

 

Leé también: Pura emoción: Un conocido matrimonio adoptará tres hermanitos

Facundo Ruiz Frágola, del RUA, confió a este medio cuáles son los pasos a seguir.

 

"Requisitos para inscripción en el RUA: Para iniciar el trámite deben presentarse en el Registro Único de Aspirantes a la Adopción mediante nota manuscrita por parte de los aspirantes donde solicitan la inscripción, brindan sus datos personales (nombre, apellido, domicilio y teléfono) y manifiestan las motivaciones que los llevan a adoptar y las expectativas que tienen respecto al niño, niña o adolescente a adoptar (edad, sexo, si pueden ser hermanos o mellizos y su situación de salud). En esa nota deben agregar una foto color del aspirante o los aspirantes (no carnet). La inscripción es gratuita y no requiere del patrocinio letrado de un abogado. El RUA está únicamente abierto para los residentes en la provincia.

 

Pueden inscribirse matrimonios, ambos integrantes de una unión convivencial o una única persona, mayores de veinticinco años de edad, excepto que su cónyuge o conviviente (que adopta conjuntamente), cumpla con ese requisito y que tengan residencia permanente en el país por un período mínimo de cinco años anteriores a la petición de la guarda con fines de adopción.

 

Una vez concluido este primer paso deben participar de talleres de información y especiales para introducirse en la etapa de preparación. El dictado de los talleres formativos está a cargo de la Coordinadora del RUA, doctora María Carolina Agüero, del encargado administrativo y de los equipos técnicos de la oficina.

 

Cumplida la participación en los talleres, deberá agregarse el resto de la documentación requerida, según lo estipula el anexo del Acuerdo del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, de fecha 27-12-2017; es decir: DNI, certificado de residencia, certificado de buena conducta, certificado de salud, ingresos y actas de matrimonio o unión convivencial, según sea el caso.

 

Una vez completada la presentación de la documentación, se acordará la fecha para ser recibidos en una entrevista con integrantes del equipo técnico y posteriormente serán visitados en sus domicilios por un trabajador social y citados para las entrevistas de diagnóstico interactivas con un psicólogo.

 

El proceso concluye con la elaboración del informe por parte de los integrantes del equipo técnico y el dictado de una resolución de viabilidad o inviabilidad del proyecto adoptivo, la que será notificada a los aspirantes, quedando sujetos al pedido de remisión de cinco legajos por parte de la justicia de familia, debiendo respetarse el número de orden o antigüedad de inscripción y previa adecuación a los perfiles solicitados, para luego ser remitidos a los juzgados requirientes para su elección.

 

En algunas ocasiones pueden existir circunstancias especiales que impongan la necesidad de apartarse del orden de prelación o antigüedad de la inscripción antes descripto, es decir cuando se trate de grupos de hermanos; adolescentes o niños o niñas transitando su segunda infancia; niños o niñas con trastornos de salud, discapacidad física o mental u otras circunstancias físicas y/o psíquicas que dificultaran su adopción; cuando la preservación de la identidad cultural del o de los niños, niñas y adolescentes así lo justifiquen; niños, niñas o adolescentes vinculados con anterioridad a integrantes de su familia nuclear o extensa; variaciones sustanciales de las razones que motivaron la inclusión y mantenimiento en el listado de aspirantes, conforme las entrevistas de actualización realizadas por el equipo técnico. Cualquier de estos supuestos autorizan a apartarse de la regla general de envío de cinco legajos prevista en el artículo anterior.(Facundo Ruiz Frágola)".

 

 

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