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Policiales Art. 24 de la Constitución Nacional

Los juicios por jurado: ¿sí o no?

El debate respecto de su viabilidad aún sigue siendo tema de discusión en los distintos foros.

El debate sobre la viabilidad de juicios por jurados aún sigue siendo tema de discusión, por lo que fue incluido en la segunda jornada de la comisión penal, en la programación del XXIX Congreso Nacional de Derecho Procesal, que se desarrolla en Las Termas de Río Hondo.

La presidenta del panel, Silvia Manes, dijo que la respuesta a la mala imagen que hoy tiene la Justicia en nuestro país está en el Art. 24 de la Constitución Nacional y es el juicio por jurados. “El Art. 75 Inc. 12 está incumplido, por tanto reza que todos los juicios finales deben ser por jurado”. Al respecto se preguntó como disparador, ¿por qué tanta resistencia para su implementación, en lugar de estar viendo cómo ponerlo en vigencia”, remarcó.

El Dr. Fernando Díaz Cantón resaltó la importancia de eventos como éste, “porque es el espacio indicado para discutir temas que vienen planteándose desordenadamente en materia de proceso penal y del derecho procesal civil. Este evento nuclea estas especialidades y de aquí surgen conclusiones que pueden plasmarlas en proyectos de reformas o en prácticas concretas de la justicia cotidiana”.

 

Cuestión de tradiciones

Sobre las resistencias para su implementación, el doctor Díaz Cantón aclaró que es una cuestión de tradiciones, “aquí tenemos un modelo muy europeo, donde el juicio por jurado no fue puesto en práctica, típico de los anglosajones y aunque está en nuestra Constitución por mandato, nunca se instaló porque no forma parte de nuestra cultura. Se trata de incorporar esta modalidad que se considera buena, saludable, participativa y democrática”, indicó.

 

En Santiago del Estero

“Santiago del Estero no está lejos de implementarla”, sostuvo Díaz Cantón. “Si esto impregnó a todo el país, seguramente las provincias aisladas van a sentirse fuera de la modernización del sistema y aunque les cueste, lo van a terminar adoptando”.

Sobre sus ventajas, el profesional mencionó que quienes forman el jurado no tienen ninguna carrera profesional por defender, actúan para el caso y se van a su casa, en cambio un juez si da un fallo antipático, teme por el prestigio de su carrera”.

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