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Política Fallo

De la Rúa reclamó no pagar ganancias y un tribunal lo avaló

El ex presidente pidió que no se le hagan descuentos, pero la AFIP apeló la medida.

Tras varios años de discusión, Fernando De la Rúa, logró que el Tribunal Fiscal de la Nación lo exima de la retención del 35% sobre su pensión vitalicia especial, medida aplicada por Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

 

De la Rúa argumentó -y el Tribunal Fiscal apoyó- que su pensión de $ 176.000 por mes debía asimilarse a la remuneración que cobran los ministros de la Corte Suprema, con todos sus beneficios, y que, por tanto, si los jueces supremos no pagan Ganancias, él tampoco debería padecer esa quita, que, con intereses, acumula ya varios millones de pesos, según publicó un medio nacional.

 

Cabe aclarar que el fallo del Tribunal Fiscal no fija un precedente que deba acatar la AFIP en casos similares, pero sí abre la puerta para el reclamo de otros beneficiarios de la misma asignación. Entre estos beneficiarios se encuentran los ex presidentes Carlos Menem, Cristina Kirchner, Estela Martínez de Perón y Adolfo Rodríguez Saá hasta los ex vicepresidentes Julio Cobos, Víctor Martínez, Daniel Scioli y Amado Boudou, entre otros.

 

De la Rúa reclamó la exención durante años y planteó que esa quita del 35% destruía "la equivalencia y la identidad consagradas por la ley" con las que perciben los ministros de la Corte e invocó la "intangibilidad" de su salario que fija la Constitución nacional.

 

Sin embargo, el reclamo del ex presidente, que debió renunciar en 2001 en medio de una crisis política, económica y social, chocó primero con la negativa de la AFIP en sede administrativa. El entonces jefe de la División Revisión de Recursos de la Regional Palermo de la Dirección General Impositiva (DGI) rechazó su pedido, que por entonces se centraba en el período fiscal 2009.

 

De la Rúa apeló entonces al Tribunal Fiscal y el expediente quedó en la Sala B, que dictó un fallo firmado por los vocales Armando Magallón y José Luis Pérez -ambos llegaron a sus cargos en 2011 con el apoyo del kirchnerismo-, el 6 de febrero de este año, aunque sólo salió a la luz esta semana.

 

Para los vocales Magallón y Pérez del Tribunal Fiscal, De la Rúa tiene razón. "Toda vez que las remuneraciones de los jueces (tanto en actividad como jubilados), por aplicación de la citada acordada (20/1996) de la Corte y reiterada jurisprudencia de ese alto tribunal, no se encuentran alcanzadas por el impuesto a las ganancias, cabe concluir que tampoco debe estarlo la asignación vitalicia del recurrente", sentenciaron.

Según el Tribunal Fiscal, la asignación que cobra De la Rúa como ex presidente "debe ser igual a la suma que por todo concepto corresponda a la remuneración de los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, porque así lo ha querido el legislador".

 

 

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