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El País Régimen de Sinceramiento Fiscal

Blanqueo de capitales: Sigue la reglamentación, ahora por AFIP

Se reglamentaron las disposiciones que deberán cumplir quienes adhieran al sistema.

La AFIP reglamentó una serie de requisitos para acceder al blanqueo de capitales, mecanismo al cual los interesados podrán adherirse desde el lunes próximo, a través del sitio de ese organismo.

 

 

A través de esa medida, el ente recaudador estableció una serie de procedimientos para acceder al blanqueo, por medio del cual el Poder Ejecutivo espera obtener entre 30 mil y 60 mil millones de dólares. Entre ellos, habrá que tener en cuenta:

- Los inmuebles que se pueden blanquear incluyen los comprados o construidos, terrenos, obras en construcción y mejoras.

 

 

- Se excluyen los depósitos de moneda extranjera y títulos valores en el exterior localizados en jurisdicciones o países identificados como de alto riesgo o no cooperantes según la lista del Grupo de Acción Financiera (GAFI) al 22 de julio, se transfieran o no a cuentas en la Argentina.

 

 

- El blanqueo de bienes a nombre de cónyuges, familiares o terceros deberá hacerse con la documentación correspondiente y sólo será válida cuando éste o su apoderado presten su conformidad en el micrositio “Sinceramiento” del sitio web de la AFIP.

 

 

- Los automotores radicados en el país se valuarán según las tablas que rigen para Bienes Personales si fueron adquiridos antes del 1 de enero de este año.

 

 

La AFIP reglamentó -desde el lunes- la moratoria impositiva que incluye deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social.

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