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La Provincia La medida fue publicada en el Boletín Oficial de la Nación

Ya rige revisión de designación de personal a nivel nacional

La dispuso el presidente Mauricio Macri. Abarca a quienes trabajan en organismos públicos dependientes del Gobierno de la Nación.

Mediante decreto presidencial Nº 254 del corriente año, firmado por el presidente de la Nación, Mauricio Macri, se dispuso la revisión de procesos concursales y de selección de personal de organismos públicos dependientes de la Nación. La acto administrativo fue publicado el martes pasado en el Boletín Oficial de la Nación y con ello entró en vigencia.

 

En los considerandos se expresa la “vocación” del Gobierno nacional de “propiciar la transparencia de gestión, como también ponderar la idoneidad de los recursos humanos existentes con el propósito de fortalecer el servicio civil en el contexto de una administración pública eficiente al servicio que debe prestarse a la ciudadanía”. En el articulado del decreto se instruye “a los ministros, secretarios de la Presidencia de la Nación, autoridades superiores de organismos descentralizados, empresas y sociedades del Estado de la Administración Pública Nacional, a revisar los procesos concursales y de selección de personal”.

 

 

La revisión que se ordena por la presente medida “deberá cumplimentarse en un plazo no mayor a seis meses computados a partir del presente decreto, en cualquier instancia en que se encuentren a fin de analizar su legalidad, y en particular el cumplimiento y pertinencia de los requisitos previstos para el cargo concursado merituando los antecedentes presentados por los postulantes”.

 

 

También se instruye a revisar en un plazo no mayor a tres meses computados a partir del presente decreto, “las designaciones efectuadas por procesos concursales de personal de dichos ministerios u organismos, durante los últimos dos años, desde este decreto”.

 

 

 

Analizarán la legalidad de nombramientos

 

 

 

El decreto presidencial sostiene que el propósito de la medida es analizar la legalidad de los nombramientos a nivel nacional, y en particular el cumplimiento y pertinencia de los requisitos previstos para el cargo concursado y los antecedentes presentados por los postulantes. Además se remarca que en la revisión deberán priorizarse “aquellos casos con designaciones efectuadas en el último año”. En caso de detectarse irregularidades, omisiones o vicios que impliquen la nulidad de los procesos de selección y/o de las designaciones efectuadas, se procederá de conformidad con los artículos 17 y 18 de la ley Nº 19.549 o el artículo 6º del anexo I de la Ley Nº 25.164 y su decreto reglamentario.

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