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El País #Fiestas

Prohibieron la pirotecnia sonora en La Plata

Así lo definió el Concejo Deliberante. Las multas ascenderán hasta el medio millón de pesos.

El Concejo Deliberante de la ciudad de La Plata aprobó una ordenanza para prohibir el uso de pirotecnia sonora o artículos de estruendo. La normativa, que entrará en vigencia 30 días después de ser promulgada, prevé multas de hasta medio millón de pesos para quienes la incumplan.

 

Con la consigna “Más luces, menos ruidos”, la iniciativa fue impulsada por Romina Cayón, presidenta de la comisión de seguridad del Concejo, y también prohíbe la venta general de fuegos de artificio a menores de 16 años y la comercialización de artículos no aprobados por ANMAC. En este caso, las sanciones económicas serían de entre $54.000 y $270.000.

 

El proyecto surgió a raíz de “los múltiples efectos negativos que este tipo de pirotecnia produce para las personas con enfermedades cardíacas, Autismo, Asperger, Alzhéimer, Síndrome de Down, discapacidades cognitivas o neurológicas, así también como a niños, bebés y animales”, destacaron desde el Concejo. En paralelo a la votación, el Municipio platense lanzó una campaña de concientización a través de la cual insta a los vecinos a festejar de manera responsable y a no usar pirotecnia en las próximas fiestas.

 

“Estas fechas son una ocasión para que todos disfrutemos en familia y con amigos, pero debemos hacerlo de manera responsable, siendo conscientes del daño que podemos ocasionar utilizando pirotecnia”, señaló el secretario de salud del Municipio, Enrique Rifourcat; y remarcó: “Los estruendos causan efectos negativos en las personas, los animales y el medio ambiente”.

 

“Las personas con trastorno del espectro autista son hipersensibles en sus sentidos, sobre todo en el auditivo, y la pirotecnia las afecta directamente, provocándoles situaciones de llanto, gritos y hasta autolesiones; en tanto que las personas con Alzheimer pueden padecer desorientación, nerviosismo, insomnio y malestar, producto de los estruendos”, agregó el funcionario.

 

Por otra parte, también se explicó que los animales tienden a tener una capacidad auditiva mucho más sensible que la de los humanos y la distancia de escuchar es cuatro veces más extensa que la del hombre, de modo tal que los sonidos emitidos por los fuegos artificiales los alteran y pueden causarles problemas en la audición o la pérdida total de la misma. En relación a esto, en los canales de comunicación del Municipio se difundieron imágenes de perros y gatos con la frase “andá pa’ allá con tu pirotecnia”, en alusión a los dichos de Lionel Messi durante el Mundial de Qatar.

 

¿Cuál es la ley sobre pirotecnia en la Provincia de Buenos Aires?En las última horas, la Cámara de Diputados bonaerense convirtió en ley el proyecto conocido como Pirotecnia Cero. La sanción de la nueva ley fue avalada también por asociaciones civiles y agrupaciones de familias que bregan por los derechos de los niños con trastornos del espectro autista y defensores de mascotas.

 

La norma recientemente sancionada busca “proteger la salud, el bienestar de la población y el ambiente de los efectos audibles, fumígenos, químicos y/o físicos producidos por los artificios pirotécnicos y de cohetería de alto impacto sonoro y por los globos aerostáticos de pirotécnica”, según detalla.

 

A partir de ahora, queda prohibido en la provincia “la venta al público minorista, la venta ambulante en la vía pública y el uso particular de artificios pirotécnicos y de cohetería de uso recreativo de alto impacto sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza, como así también los denominados globos aerostáticos de pirotecnia”.

 

La ley, que había avanzado en el Senado bonaerense en septiembre, excluye a los artificios de uso práctico como los destinados a señales de auxilio, emergencias, uso de las fuerzas armadas, de seguridad o defensa civil, los de uso profesional; y los que sólo produzcan efectos lumínicos. Además, explícitamente prohíbe el uso de pirotecnia sonora en actos oficiales.

 

En este caso, quienes la infrinjan se exponen a multas equivalentes a entre cinco y cincuenta haberes mensuales de agentes de seguridad de la Policía Bonaerense para las personas físicas, y clausuras de entre cinco a diez días a los comerciantes que la infrinjan. Lo recaudado por multas, indica la norma, será destinado a solventar campañas de concientización sobre los alcances de la ley y a capacitar al personal que intervenga en el proceso de control de la misma.

 

Con información de Infobae

La Plata
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